Ley Orgánica 1/2025: Mediación obligatoria antes de juicio, ¿qué significa para ti?

Desde marzo de 2025, en España, la Ley Orgánica 1/2025 ha modificado la forma en que deben iniciarse ciertos procedimientos judiciales civiles y mercantiles. Esta normativa establece la obligación de acudir previamente a un método alternativo de resolución de conflictos (MASC), como la mediación o el arbitraje, antes de presentar una demanda en los tribunales. A continuación, te explicamos qué implica esta ley y cómo cumplirla paso a paso.
¿Qué es la Ley Orgánica 1/2025 y qué modifica?
La Ley Orgánica 1/2025 incorpora en la legislación procesal española la obligatoriedad de intentar una solución extrajudicial del conflicto antes de acudir a los tribunales. Esto significa que, salvo excepciones, ya no es posible presentar directamente una demanda civil o mercantil sin haber intentado previamente resolver el conflicto mediante un procedimiento de mediación, conciliación o arbitraje.
Esta medida busca fomentar una justicia más ágil, accesible y menos saturada. Además, se alinea con las directrices europeas que promueven el uso de los métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC).
¿A qué procedimientos se aplica esta obligación?
La obligatoriedad de acudir a mediación o arbitraje se aplica a los siguientes casos:
- Reclamaciones de cantidad inferiores a 15.000 euros.
- Conflictos entre vecinos por cuestiones de propiedad horizontal.
- Asuntos derivados de arrendamientos urbanos.
- Disputas entre socios o pequeñas empresas.
- Herencias y conflictos familiares (excepto en casos de violencia de género).
En estos casos, las partes deberán acreditar ante el juez que han intentado, sin éxito, una vía alternativa como la mediación antes de presentar la demanda.
¿Qué ocurre si no cumples con este requisito?
Si presentas una demanda sin haber intentado un procedimiento de MASC cuando es obligatorio, el juzgado podrá inadmitirla o conceder un plazo para subsanar el defecto procesal. Esto puede generar retrasos importantes y costos adicionales.
Por ello, es fundamental conocer esta obligación legal y actuar en consecuencia desde el primer momento en que surge el conflicto.
¿Qué opciones tengo para cumplir con esta ley?
Tienes varias vías posibles:
- Mediación: Un proceso confidencial y voluntario en el que un tercero imparcial (el mediador) facilita la comunicación entre las partes para que lleguen a un acuerdo.
- Arbitraje: Un procedimiento más formal donde un árbitro emite una decisión que, en muchos casos, tiene carácter vinculante.
- Conciliación: Menos utilizada, pero válida. Interviene un conciliador que propone una solución.
Todas estas opciones son consideradas válidas para acreditar el intento de resolución previa al juicio.
¿Cómo acreditar que lo has intentado?
El profesional que dirija la mediación o el arbitraje emitirá un acta o certificado. Este documento debe ser presentado junto con la demanda para demostrar el cumplimiento de la obligación. Incluso si no se alcanza un acuerdo, el acta servirá como prueba del intento.
¿Dónde encontrar profesionales acreditados?
La nueva legislación exige que los profesionales que intervienen en procedimientos de MASC estén debidamente formados y, en muchos casos, registrados en organismos oficiales.
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Conclusión
La Ley Orgánica 1/2025 marca un cambio significativo en la forma de gestionar conflictos legales en España. Cumplir con este nuevo paso no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para resolver disputas de forma más rápida, económica y satisfactoria.
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